Comisión Directiva

Gustavo Plafnik
Gustavo PlafnikPresidente
Enrica Tifatino
Enrica TifatinoVicepresidente
Sergi Cobas Gonzalez
Sergi Cobas GonzalezSecretario -Tesorero
Silvia García Hortigosa
Silvia García HortigosaVocal
Laura Redonda
Laura RedondaVocal

DECLARACION DE PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA ASOCIACION DE MUSICOTERAPEUTAS, ARTETERAPEUTAS Y DANZATERAPEUTAS DE EUROPA (A.M.A.D.) (2016)

VIGENCIA: Este contenido será revisado como mínimo cada 2 años en reunión de la asamblea de Socios.

PRINCIPIOS GENERALES: El Terapeuta Creativo debe tener un marco teórico de referencia, procurando mantener o mejorar su salud y bienestar físico y psíquico, perteneciendo a una comunidad profesional, actuando conforme a los estándares de calidad y comprometiéndose al estudio continuado para mantener y mejorar sus conocimientos.

  1. RESPONSABILIDAD hacia el PACIENTE: respeto por el derecho y dignidad del paciente, sin discriminar ni explotar, dando un tratamiento y servicio adecuado, contactando con otros profesionales para beneficio del mismo, y actuando de manera competente dentro de su área. Debe saber dictaminar el final del tratamiento si no hay beneficio, mantener la confidencialidad y la neutralidad y trabajará sobre las bases de un acuerdo explícito con el paciente donde se contemplará la orientación a tomar, el resultado buscado y la duración aproximada del tratamiento.
  2. RESPONSABILIDADES HACIA LOS COLEGAS: mostrar siempre Respeto y Honradez hacia los otros colegas, y mantener contacto interprofesional en caso de ser necesario. No dañar el prestigio de otro profesional. Un Terapeuta Creativo o Artístico no hará una intervención a una persona si esta ya recibe Musicoterapia, Arteterapia o Danzaterapia de otro profesional.
  3. RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESION: El Terapeuta Creativo tienen la responsabilidad de contribuir a mejorar la profesión, intentar aumentar el nivel de conocimiento, dado que está representando en todo momento a una comunidad de profesionales a la que le debe dar PRESTIGIO.
  4. RESPONSABILIDAD HACIA LA COMUNIDAD/AMBITO PUBLICO: Dar a conocer la MUSICOTERAPIA, el ARTETERAPIA y la DANZATERAPIA.
  5. HONORARIOS Y REMUNERACION: El Terapeuta Creativo acepta las cuotas acordadas, no acepta regalos o favores que puedan comprometer su decisión y su juicio. Esta remuneración debe ser justa.
  6. INVESTIGACIÓN: El Terapeuta Creativo protege el bienestar de los participantes, obteniendo previa autorización de ellos y recordándoles que su participación es VOLUNTARIA y puede retirarse en cualquier momento, garantizando la confidencialidad. En las publicaciones asignará los méritos de todos los contribuyentes y no dará información engañosa o distorsionada.
  7. RESPONSABILIDAD ANTE EL ESTUDIANTADO: como educador o supervisor, dará un conocimiento actualizado, evalúa las habilidades de los alumnos e identifica sus limitaciones, proporciona supervisión y retroalimentación adecuada, distinguiendo claramente la diferencia entre dar una clase y hacer terapia, sin dar responsabilidades a personas aun no cualificadas sin supervisión. Debe mantener la confidencialidad en el progreso o fracaso del estudiante.

El comité en su totalidad de esta Asociación será el encargado de controlar con qué eficiencia aplican los asociados los principios anteriormente detallados.